martes, 4 de marzo de 2014

MATERNIDAD SUBROGADA. SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO.

Como ya habíamos señalado en nuestra página de Facebook y en nuestra cuenta de Twiter, el Tribunal Supremo ha hecho pública la sentencia que rechaza el acceso al Registro Civil de unos niños nacidos en California de un vientre de alquiler y a los cuales un matrimonio de varones homosexuales pretendía inscribir como hijos suyos. Hay que precisar que dicha Sentencia del Pleno de la Sala Primera, de fecha 6 de febrero de 2014, no deniega la inscripción de los niños en el Registro Civil español, pero sí la constancia de su filiación por no ser procedente en el sentido que habían interesado los recurrentes.La sentencia centra la cuestión en si es posible el reconocimiento por el Registro Civil español de inscripciones de nacimiento extranjeras realizadas por organismos equivalentes al Registro Civil español.

Una cuestión muy interesante es el recurso referido al "interés del menor" como fórmula para salvar cualquier obstáculo legal. Pues bien a tal respecto la sentencia no admite el argumento del «interés superior del menor» como medio para conseguir resultados contrarios a la ley, a la que el juez está sometido. Tal concepto ha de ser interpretado conforme a los valores de la sociedad, no correspondiendo a los tribunales ejercer funciones que corresponden al legislador. Deben ponderarse todos los bienes jurídicos en juego, así como los principios de respeto a la dignidad de la gestante, y también el interés del menor en no ser objeto de tráfico mercantil. El interés del menor debe servir para colmar la ley y no para contravenirla.

Sin embargo esta conclusión no debe servir para - en definitiva - desproteger al menor. La sentencia, con base en la obligación de los poderes públicos de atender al interés del menor, declara que debe permitirse la integración del niño en su familia, y ante la falta de datos en el procedimiento sobre la situación familiar de estos menores, insta al Ministerio Fiscal, al que corresponde velar por la protección del menor, que inicie las acciones pertinentes para determinar la correcta filiación de los menores y su protección dentro de su propio núcleo familiar a través de figuras como el acogimiento familiar o la adopción.

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